El Gobierno determinó ampliar hasta enero de 2023 la restricción de circulación de vidrios polarizados “ante la afluencia masiva de la población para tramitar la autorización del uso de vidrios oscurecidos y polarizados”, señala el Decreto Supremo 4810, publicado este miércoles en la Gaceta Oficial.

“La infracción establecida en el Artículo 5 del presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2023”, indica el documento.

Añade que “las y los poseedores y/o propietarios de vehículos con vidrios oscurecidos o polarizados, deben contar con la respectiva autorización hasta el 31 de diciembre de 2022”.

Sin embargo se presume que esta postergación repentina se debió a la presión del transporte federado y sindicalizado además de otros sectores que rechazan esta normativa y en tal sentido emitieron sendos comunicados en diferentes escenarios de congresos y ampliados nacionales

Cuando entre en vigencia la resolución ministerial, los únicos vehículos autorizados a usar vidrios polarizados serán: ambulancias; vehículos de uso de representantes de Misiones Diplomáticas; vehículos oficiales y particulares del presidente y vicepresidente del Estado, ministros, presidentes de las Cámaras de Diputados y Senadores; vehículos particulares de exautoridades citadas.

También podrá circular: vehículos oficiales de: diputados, senadores; magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional; Tribunal Supremo de Justicia, y presidentes de los Tribunales Departamentales de Justicia, magistrados del Tribunal Agroambiental; consejeros del Consejo de la Magistratura; vocales del Tribunal Supremo Electoral y presidentes de los Tribunales Electorales Departamentales; contralor General del Estado; fiscal general del Estado y fiscales departamentales; procurador del Estado; defensor del Pueblo; gobernadores de los Gobiernos Autónomos Departamentales, presidentes de las Asambleas Legislativas Departamentales; alcaldes de los Gobiernos Autónomos Municipales y presidentes de los Concejos Municipales.