La Cámara de Senadores sancionó este miércoles la ley con la cual dispone el diferimiento automático de pago de créditos bancarios hasta del 31 de diciembre de 2020. La norma ahora pasó al Ejecutivo para su promulgación.
Actualmente, la norma emitida por el Gobierno dispone el diferimiento sólo hasta el 31 de agosto, sin embargo, sectores como artesanos, microempresarios y transporte exigieron que ese plazo se amplíe debido a que no pueden generar recursos económicos suficientes debido a las restricciones de la pandemia.
Los impulsores de la ley recordaron que ya está vigente una ley que dispone el diferimiento hasta seis meses después de la emergencia sanitaria, sin embargo, acusaron el Gobierno de haber malinterpretado el texto para reactivar los pagos. En ese marco, manifestaron que la nueva norma pone clara la fecha.
“Las Entidades de intermediación Financiera que operan en territorio nacional, deben realizar el diferimiento automático del pago de las amortizaciones de crédito a capital e intereses, y otro tipo de gravámenes del sistema crediticio nacional, desde la Declaratoria de Emergencia por la Pandemia del Coronavirus (COVID-19) al 31 de diciembre de 2020”, dice la nueva ley sancionada.
El texto fue aprobado por más de dos tercios del Senado. El presidente en ejercicio de la Cámara, Milton Barón, dispuso que la ley pase al Ejecutivo para su promulgación.
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